Guía para el día de la elección
Actualizado el 8 de noviembre de 2026 · Revisá siempre la información oficial de la Cámara Nacional Electoral.
Todo lo que necesitás saber para el día de la votación: qué documento llevar, cómo se vota, qué pasa si no vas y qué está prohibido durante la veda. Antes de salir, fijate tu escuela y tu mesa en el padrón electoral.
Qué DNI sirve para votar
Para votar tenés que presentar el mismo documento que figura en el padrón o uno posterior. Según la Cámara Nacional Electoral, sirven todos estos:
- Libreta de enrolamiento o libreta cívica.
- DNI libreta verde o libreta celeste.
- DNI tarjeta, incluso el que dice “No válido para votar”.
- El nuevo DNI tarjeta.
No sirven el DNI digital de la app Mi Argentina, una foto o captura del documento, una fotocopia, la constancia de DNI en trámite ni una denuncia de extravío. Si perdiste el documento y no tenés otro ejemplar válido, no vas a poder votar: en ese caso corresponde justificar la ausencia, como se explica más abajo.
Si renovaste el DNI hace poco y en el padrón figura el anterior, votás con el nuevo. Lo que no se acepta es un ejemplar más viejo que el del padrón.
Quiénes votan y en qué horario
Votan los argentinos que figuran en el padrón. El voto es obligatorio entre los 18 y los 70 años y optativo a los 16 y 17 años y después de los 70. Los extranjeros no votan en elecciones nacionales; en algunas provincias pueden hacerlo en elecciones provinciales o municipales (cada página de provincia lo explica, por ejemplo Misiones).
Las mesas abren a las 8 y cierran a las 18. Si a las 18 estás en la fila, votás igual. Tu escuela, tu mesa y tu número de orden figuran en el padrón. Si votás en una provincia que elige sus autoridades en fecha propia, revisá también el padrón provincial desde la página de tu provincia.
Cómo se vota con la boleta única
En las elecciones nacionales se vota con Boleta Única de Papel, que se usó por primera vez en las legislativas de 2025. El paso a paso es este:
- Mostrás el documento al presidente de mesa, que busca tu nombre en el padrón.
- Te entrega una boleta única firmada y una birome.
- En el cuarto oscuro o la cabina, marcás la opción que elegís en cada categoría, con cualquier marca dentro del casillero.
- Doblás la boleta por sus pliegues y la ponés en la urna.
- Firmás el padrón y te llevás la constancia de emisión del voto: guardala.
Si te equivocás o la boleta se daña, pedí otra al presidente de mesa antes de ponerla en la urna. Las provincias que votan en fecha propia pueden usar otro sistema: Córdoba y Santa Fe usan boleta única en papel desde 2011, la Ciudad de Buenos Aires y Salta votan con máquinas, y otras usan boleta partidaria o ley de lemas.
Multa por no votar
Si no votás y no justificás la ausencia, quedás en el registro de infractores al deber de votar. La multa que fija el Código Electoral es baja: va de $50 a $500 según cuántas infracciones previas tengas sin regularizar, más un cargo por gastos administrativos.
Lo que más pesa no es el monto: el Código Electoral prevé que quien no regulariza su situación no pueda hacer trámites ante organismos públicos durante un año. Para saber si estás en el registro, entrá a infractores.padron.gov.ar con tu DNI, género y distrito: el sistema te dice si sos infractor y te permite descargar la boleta de pago.
Cómo justificar el no voto
Tenés 60 días corridos desde la elección para justificar que no votaste. Las causas válidas son:
- Estar a más de 500 km de tu lugar de votación: ese mismo día tenés que pedir una constancia en la dependencia policial más cercana.
- Enfermedad, con certificado médico.
- Trabajar en el operativo electoral, en un organismo o en un servicio público que deba funcionar ese día, con constancia del empleador.
- Fuerza mayor, con la documentación que la pruebe.
El trámite se hace en línea en infractores.padron.gov.ar, adjuntando la constancia, o en la secretaría electoral del juzgado federal de tu distrito. Si se vence el plazo, la única forma de salir del registro es pagar la multa.
Veda electoral: qué está prohibido
La campaña termina 48 horas antes del inicio de la votación: si se vota el domingo, el viernes a las 8. Desde ese momento y hasta tres horas después del cierre de las mesas rigen estas restricciones:
- No se pueden hacer actos de campaña ni publicidad electoral.
- No se pueden publicar encuestas ni proyecciones de resultados. Esa prohibición empieza antes: ocho días antes de la elección.
- No se puede vender alcohol desde 12 horas antes de la apertura de las mesas hasta 3 horas después del cierre.
- No se permiten reuniones de electores ni la entrega de boletas a menos de 80 metros de las mesas, ni espectáculos públicos no vinculados con la elección.
En DondeVoto, durante la veda se pausa automáticamente toda la publicidad política del sitio.
Autoridades de mesa
Los presidentes de mesa y sus suplentes se eligen por sorteo entre los electores de 18 a 70 años que sepan leer y escribir y no tengan cargos partidarios. Cobran un viático por la jornada y pueden anotarse como voluntarios en el sitio de la Cámara Nacional Electoral (padron.gob.ar/cne_autoridadesdemesa). Abandonar el cargo sin causa es un delito con pena de prisión.
Antes de ir a votar
- Confirmá la fecha en el calendario electoral: muchas provincias votan en fecha propia.
- Mirá qué se elige en la elección nacional y en tu provincia.
- Revisá el padrón provisorio cuando se publica: es el momento de corregir errores.
- Seguí el debate sobre las PASO, que define si hay primarias antes de la general.
Preguntas frecuentes
¿Se puede votar con el DNI digital de Mi Argentina?
No. La Cámara Nacional Electoral aclaró que el DNI digital del celular no sirve para votar. Tampoco una foto, una fotocopia ni la constancia de DNI en trámite: hay que presentar el documento físico.
¿Puedo votar con un DNI viejo?
Solo si es el mismo ejemplar que figura en el padrón o uno posterior. Si tenés un DNI más nuevo que el del padrón, votás con el nuevo; uno anterior no se acepta.
¿Hasta qué hora se puede votar?
Las mesas abren a las 8 y cierran a las 18. Si a las 18 ya estás en la fila, podés votar igual.
¿Cuánto tiempo tengo para justificar que no voté?
Sesenta días corridos desde la elección. Pasado ese plazo, para salir del registro de infractores hay que pagar la multa.
¿Desde cuándo rige la veda electoral?
La campaña termina 48 horas antes del inicio de la votación, es decir el viernes a las 8 si se vota el domingo, y las restricciones siguen hasta tres horas después del cierre de las mesas.
Fuentes
- Cámara Nacional Electoral: preguntas frecuentes
- Código Electoral Nacional (Ley 19.945, texto actualizado)
- Padrón electoral nacional
- Registro de infractores al deber de votar
- Noticias NQN: la aclaración de la CNE sobre el DNI digital
- Letra P: multa por no votar, cuánto hay que pagar y cómo evitarla
- El Cronista: hasta cuándo pagar la multa por no votar